Definición
La accesibilidad es uno de los criterios y condiciones que se consideran básicos para garantizar el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios de la sociedad de la información y de cualquier medio de comunicación social, de acuerdo con los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social. BOE-A-2007-19968
Las personas con discapacidad tienen derecho a vivir de forma independiente y a participar plenamente en todos los aspectos de la vida. Para ello, los poderes públicos adoptarán las medidas pertinentes para asegurar la accesibilidad universal, en igualdad de condiciones con las demás personas, en los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como los medios de comunicación social y en otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales”.
Artículo 22.1. Accesibilidad. RD 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. BOE-A-2013-12632
Tipos de accesibilidad según sordera
Cuando hablamos de personas con discapacidad auditiva tenemos que tener en cuenta que es un grupo heterogéneo con distintas necesidades comunicativas que dependen de tres factores:
- Momento en el que aparece la sordera. Siendo determinante si se ha adquirido o no el lenguaje.
- Grado de pérdida auditiva.
- Nivel educativo de la persona.
Valorando estas circunstancias las personas con discapacidad auditiva necesitarán distintas herramientas para lograr una comunicación plena.